martes, 12 de mayo de 2015

CONCEPTOS GRAVITANTES DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL 2

Conceptos gravitantes en la reforma constitucional

La República Argentina es un estado democrático de derecho con justicia social e igualdad de oportunidades. Su colectivo social es de carácter multi-étnico y sus  saberes admiten una pluralidad de culturas integradas solidariamente.

      Los poderes públicos- Las funciones públicas y la responsabilidad de los funcionarios

Como principio básico es de importancia recuperar la moral pública de las áreas del estado que sirven a la democracia, promoviendo el respeto, la igualdad y la defensa imprescriptible de los derechos humanos como principios rectores de la convivencia, la paz y la solidaridad. Como así darle carácter institucional a los derechos adquiridos legítimamente por el  pueblo en su confrontación al colonialismo, al neoliberalismo y la exclusión social que naturalizó la explotación y la violencia institucional.

     Como principio ético debe valorarse lo que promueva la eficacia y la celeridad responsable en la administración pública, en los institutos sociales (gremios, hospitales, sociedades barriales, etc.) y en los poderes del estado (municipales, provinciales y nacionales) Ningún funcionario en estas áreas debe considerarse con derechos absolutos e impunidad. Sus mandatos estarán sujetos a su eficacia y capacidad de gestión, como así al cumplimiento de las responsabilidades delegadas en su persona y por eso su tarea podrá ser revocable y transferible. Su investidura siempre responderá al interés general y al deber de mejorar la calidad de vida de todos los habitantes sustentándose en un principio de igualdad. Nadie debe abusar de su cargo y actuará de acuerdo a la libertad de acción que le confieren las atribuciones otorgadas democráticamente y que consagran la Constitución, las leyes vigentes y las necesidades que le pueblo demande.  

   El que actuare con dolo responderá además patrimonialmente: es de saber que siempre las responsabilidades públicas son mayores que las privadas por las obligaciones que imponen y por los daños sociales que producen sus desviaciones.

   Se deberá castigar al clientelismo, al favoritismo, como al abuso y perversión de  cargos en ejercicio, que realizaren funcionarios alejados de las obligaciones propias del estado de derecho democrático. Los cargos que competen a los funcionarios responderán a concursos públicos efectivos y los electos deberán dar cuenta sin restricciones de sus  actos de acuerdo a las leyes que los regulen. Los honorarios serán de acuerdo a sus capacidades y necesidad, sin sobresueldos ni aportes privados. Ninguna acción pública debe satisfacer intereses de privilegio o mezquinos, ni encubrir maniobras de enriquecimiento ilícito, de beneficio privado y/o corporativo. Se disolverán aquellas carteras que favorezcan a intereses  monopólicos, corporaciones y proyecciones latifundistas.
   Será pasible de sanciones severas quien por vehículo de su cargo obtenga réditos personales o de grupo, quien reciba dádivas por favorecer a poderes económicos y/o corporaciones, quien desviare recursos o se aproveche en situaciones de emergencia de lo destinado al auxilio de los afectados .También a los que favorezcan a potencias extranjeras o que realicen acciones que conspiren con los principios que emanan de la Constitución, las leyes vigentes y la paz social.

   Debe prevalecer siempre el principio de que las leyes y los poderes públicos sustentarán a los más débiles, a los excluidos, a los que no posean más recursos que la voluntad de vivir dignamente, a que el trabajo sea libre y jamás una forma de esclavitud, y que se pueda prosperar sin dañar al prójimo.

      Los Sujetos del actualizado proyecto nacional

Lo que se conoce como neoliberalismo (o sea la desnacionalización de la economía seguida de la transnacionalización de las decisiones políticas y de legitimidad económica), para imponerse como modelo de acción de los poderes económicos concentrados, se realizó con la necesaria destrucción del Movimiento Obrero y la imprescindible violación o restricción de todos los derechos constitucionales( como ocurrió en 1955 con el golpe de estado al movimiento peronista para imponer el liberalismo económico colonial y bestialmente en 1976 para acuñar el neoliberalismo) ; cooptando para ello necesariamente al poder judicial y a las direcciones sindicales domesticadas  en un” modelo único” basado ideológicamente en el supuesto “fin de la historia”. Esto se impuso violentamente ya que debía privar el dominio del capital financiero globalizado sobre el capital comercial e industrial local. Esto claramente indica que no basta solamente con reintegrarle los derechos arrancados a la clase trabajadora sino que habrá que garantizarle otros mas, con acceso a nuevos paradigmas de inclusión social y política al pueblo argentino, para que el decadente universo de la valorización financiera como fin de la economía y del sacrificio humano no puede repetirse como política de estado.
      Cabe por todo lo argumentado, que los derechos legítimamente adquiridos por la resistencia social a los modelos de exclusión sean incorporados institucionalmente, ampliando la masa de actores políticos para darle “profundidad” al proyecto nacional emancipador.   

SEPTIEMBRE 2008


                                                                                              



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