sábado, 25 de junio de 2011

REPARACION HISTORICA DE NUESTRA LEY FUNDAMENTAL

Reparación histórica  de Nuestra Ley Fundamental

                              Los Argentinos y quienes aprecian nuestro bienamado suelo patrio,no solo hemos soportado gobiernos de facto impuestos mediante dictaduras militarizadas para violentar nuestros derechos y riquezas ,sino que aún hoy  nos condiciona y somete una constitución de facto ( la de 1853) ,ya que la que surge  de la asamblea constituyente de 1949 fue repugnantemente violentada . Esto se debía principalmente a que echaba por tierra los dogmas del liberalismo económico y a que con ella caducaban los permisos coloniales otorgados por nuestra oligarquía  a Inglaterra . La Ley madre del 49 que  reemplazaba  por  la de 1853 por voluntad popular  y necesidad social, y que fue paradójicamente aprobada cumpliendo todos los requisitos “democráticos y constitucionales” heredados del despotismo ilustrado, también da fin al régimen de minorías que se consolida después de la derrota de Caseros en 1852 (guerra contra el federalismo provinciano),  por ello jamás debió ser abolida y ocultada.  
 Esta innovadora Ley Fundamental fue ilegítimamente derogada   para imponer una regencia  extranjera a punta de bayonetas en 1955.
      Lo expuesto no es un juego de palabras, pues la permanencia de tal atropello jurídico convalida el libre albedrío en la aplicabilidad de leyes que ya prescribieron y nos expone a la discriminación y violencia de los que asaltaron el poder.

Hoy el supremo no es todavía el pueblo sino una superestructura jurídica donde predomina la ley del mas fuerte ,maldiciendo los principios del jurista Ulpiano.

      La Asamblea Constituyente de 1949 tenía como uno de sus objetos pasar de una constitución de comerciantes y prestamistas  con garantías sin límites al capital extranjero a una que otorgue seguridad jurídica al pueblo argentino, garantizando soberanía territorial y la inalienabilidad  de los recursos naturales, como así poner el capital al servicio de la sociedad  respetando los derechos impostergables de la clase trabajadora y  colocando al estado como garante de la justicia social.

 Por lo tanto, urge el principio de restaurar la Constitución de 1949, que nos beneficiará como país soberano y será la primera garantía de seguridad jurídica a nuestra actividad económica. Todo nuevo proceso constituyente deberá afirmarse sobre esta base para que goce de todas las herramientas legales y asegure los principios de igualdad para todos los habitantes sin privilegios ni impunidad.
                                        
                                                                                    Carlos Kifer